EUROGIPSA, S.L. es una agencia de detectives privados con cobertura en todo el territorio nacional.

Desde hace 30 años realizamos todo tipo de investigaciones de carácter familiar y empresarial.

Realizamos un estudio personalizado de cada caso y elaboramos un presupuesto adaptado a los intereses y posibilidades económicas del cliente.

Llevamos a cabo las gestiones y servicios necesarios para obtener los resultados requeridos.

Finalmente elaboramos un informe exhaustivo con las pruebas obtenidas, que, en caso de ser necesario, ratificamos en los Tribunales.

INVESTIGACIONES PARTICULARES

Comportamientos extraños a la rutina normal, ocultación del móvil, cambio de horarios y falta de explicaciones, no deje que la duda le corroa, infórmese y actúe en consecuencia.

Los hijos deben crecer junto a ambos progenitores, es lo más adecuado para ellos y los padres, también son sus hijos, no renuncie a ellos. Informe válido ante los tribunales.

Pensiones compensatorias injustas, demuestre nuevos ingresos de su expareja, cambios en la situación económica o patrimonial, arrendamientos ocultos, informe válido ante los tribunales. Puede que esté trabajando, compruébelo.

Sospechas de adicciones o consumos graves, ludopatías, alcoholismo, estupefacientes, vicios descontrolados. Infórmese de la realidad de lo que ocurre, no pierda su familia o su patrimonio.

¿Conoce realmente a la persona con la que se va a unir para toda la vida?. Asegúrese antes de dar un paso tan importante y asegúrese de que es quien dice ser.

Localización de los herederos y legitimidad de los mismos, condiciones en las que se encuentran los bienes integrantes de la masa hereditaria. Prueba de paternidad.

Referencias previas antes de contratar a quién va a entrar en su casa, no se arriesgue. Pequeños hurtos, apropiaciones, sospechas de malos tratos a sus hijos pequeños, posibles entradas de personas no autorizadas al domicilio, no lo dude, póngase en contacto con nosotros.

No deje que la situación persista, le ayudamos en la obtención de pruebas, informe válido en sede judicial.

Defienda su propiedad y sus derechos como propietario, subarriendos inconsentidos, actividades ilegales o insalubres, renta antigua, incumplimiento contractual, pruebas.

INVESTIGACIONES DE EMPRESA

No permita que continúe el engaño a su empresa, trabajadores y seguridad social, despido procedente, informe válido en sede judicial.

Defienda sin tapujos los intereses económicos y comerciales de su empresa; empresas paralelas, robo de clientes, material maquinaria o información.

Confirme que realizan realmente su trabajo y que lo hacen para usted, no para terceros, ya sean competidores o no.

Investigación y control de sospechosos, instalación de cámaras ocultas como prueba válida ante los tribunales.

Asegure el futuro de su empresa, con empleados de confianza, horados y honestos, evite sorpresas indeseadas.

Asegure su propiedad industrial e intelectual. Imitaciones, falsificaciones, usos indebidos, actúe.

Obtención de pruebas respecto de supuestos profesionales no titulados, de sus actividades y posibles negligencias que ponen en riesgo desde su salud hasta su patrimonio.

INVESTIGACIONES TÉCNICAS

 

Seguridad integral no uniformada en grandes superficies, hoteles y eventos como congresos, juntas, asambleas, etc. Únicos profesionales legalmente habilitados para esta función.

Fraudes y estafas a empresas, complejos turísticos, hoteles, compañías de seguros, particulares, etc., no deje que se salgan con la suya.

Robo de mercancías, hurtos, apropiaciones indebidas, acoso o violencia sobre compañeros o sobre bienes de la empresa, comportamientos sospechosos.

Si cree o sospecha que le espían, tome las mediadas oportunas y no lo permita. Localización de micrófonos, cámaras ocultas, en su empresa, despacho, oficina, hogar, ordenador, teléfono, etc.

Infiltración de detectives en su organización, mafias internas, robo masivo de mercancías, sabotajes internos, conductas extrañas y peligrosas.

NORMATIVA

Nuestra profesión se regula por y desde varias normas en nuestro país, siendo la más importante la Ley 23/1.992 de Seguridad Privada, en lo relativo a Detectives Privados, así como el Reglamento de desarrollo de la misma, RD 2364/1994 y la Orden Ministerial O.M. Justicia e Interior de 7 del 7 de 1996.

Además, cabe destacar por su relevancia las menciones en la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil en su “art.265: Documentos y otros escritos y objetos relativos al fondo del asunto.

1. A toda demanda o contestación habrán de acompañarse….5º) Los informes, elaborados por profesionales de la investigación privada legalmente habilitados, sobre hechos relevantes en que aquellas apoyen sus pretensiones. Sobre estos hechos, si no fueren reconocidos como ciertos, se practicará prueba testifical.”

Y en el “art. 380: Interrogatorio acerca de los hechos que consten en informes escritos.

2º El autor del informe, una vez acreditada su habilitación profesional, habrá de reconocerlo y de ratificarse en su contenido, antes de que se le formulen las preguntas pertinentes. 3º. El interrogatorio se limitará a los hechos consignados en los informes.”

En cuanto a la jurisprudencia existente, es extensísima, queriendo destacar por nuestra parte la Sentencia del Tribunal Supremo, (Sala 2ª de lo Penal) de 11 de octubre de 1.898: “…Los informes de detectives no constituyen delito de injurias…”.